PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con la atención a personas en situación de calle:

 

  • Indique si cuenta con registros sobre el fallecimiento de al menos diez (10) personas en situación de calle en la Comuna 1 de esta Ciudad durante el período invernal del año en curso. En caso afirmativo, indique edad, causa del fallecimiento y los motivos por los cuales se produjo, fecha y acciones realizadas por el Gobierno de la Ciudad en cada caso.

 

  • Indique si cuanta con otros registros de muertes de personas en situación de calle entre los meses de julio y agosto del corriente año. En caso afirmativo, indique cantidad total de personas, edad, causa del fallecimiento y los motivos por los cuales se produjo, fecha y comuna en la que tuvo lugar el mismo.

 

  • Indique si la planificación del Operativo Frío 2012 tuvo en cuenta la mayor presencia de personas en situación de calle en determinadas Comunas de la Ciudad. En caso afirmativo, indique cuáles fueron las previsiones para esas Comunas.

 

  • Indique si el servicio de paradores para personas en situación de calle que se encuentran en la Ciudad fue tercerizado en otros distritos. En caso afirmativo, indique los motivos, en qué distritos se encuentran los paradores, y si se encuentra previsto el traslado (ida y vuelta) de las personas en situación de calle que son derivadas a los mismos.

 

  • Cuál es el protocolo que se sigue para la atención de personas en situación de calle. En caso de no contar con protocolo de actuación, indique cuáles son los motivos por los cuales no existe tal protocolo.

 

  • Cuál es el protocolo que se sigue en caso de registrarse el fallecimiento de una persona en situación de calle. En caso de no contar con protocolo de actuación, indique cuáles son los motivos por los cuales no existe tal protocolo.

 

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

 

El presente pedido de informes tiene origen en una preocupante nota periodística publicada en el diario Página/12 del día sábado 11 de agosto del corriente año.

 

En la misma se afirma que -según la Comisión de Vivienda del Consejo Consultivo de la Comuna 1- en lo que va del período invernal del año en curso habrían fallecido al menos diez (10) personas que se encontraban en situación de calle en la mencionada Comuna de esta Ciudad.

 

Asimismo, en nota periodística se sostiene que «no hay datos certeros sobre la cantidad de personas que mueren de frío, en la calle», «cuando los vecinos encuentran una persona muerta en la calle, llaman a la policía, que avisa al SAME para que constate esa muerte. Pero el SAME no traslada los cadáveres, llaman a la morgue. Si en cinco días nadie reclama el cuerpo, va a una fosa como NN o a las mesas de disección de las carreras de Medicina. Nadie se preocupa en contactar a sus familiares o dejar sentada cuál fue la causa de la muerte. Los registros dicen paro cardiorrespiratorio, pero no qué causas lo provocaron”.

 

Por otro lado, se afirma que si bien el gobierno porteño dispone el transporte para que las personas en situación de calle pasen la noche en los paradores que abren de 18 a 8 hs, a la vez se informa que el servicio de paradores habría sido tercerizado en paradores de Avellaneda y que no se pondrían a disposición los medios de transporte para que las personas en situación de calle regresen a la Ciudad.

 

Finalmente, se reproduce el reclamo de la Comisión de Vivienda del Consejo Consultivo de la Comuna 1 en relación a la necesidad de contar con un protocolo que garantice los derechos de las personas en situación de calle en la Ciudad de Buenos Aires.

 

Por los motivos expuestos, solicito la pronta aprobación del presente proyecto de resolución.